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El derecho societario regula las situaciones que afectan a las sociedades y contratos asociativos.
Dentro del derecho mercantil se define las sociedades como personas jurídicas constituidas con la finalidad de realizar actos de comercio o cualquier actividad sujeta a este conjunto de normas, es decir, que el derecho societario se trata de un conjunto de normas aplicables a grupos de personas que, por contrato, constituyen una empresa para iniciar una actividad económica lucrativa.
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El derecho societario regula las situaciones que afectan a las sociedades y contratos asociativos.
Dentro del derecho mercantil se define las sociedades como personas jurídicas constituidas con la finalidad de realizar actos de comercio o cualquier actividad sujeta a este conjunto de normas, es decir, que el derecho societario se trata de un conjunto de normas aplicables a grupos de personas que, por contrato, constituyen una empresa para iniciar una actividad económica lucrativa.
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Es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
Características:
Ventajas:
Inconvenientes:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
1 | No tiene un mínimo | El socio se responsabiliza con todos sus bienes | IRPF |
Persona física que, con limitación de responsabilidad bajo determinadas condiciones, realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
Características:
Ventajas:
Inconvenientes:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
1 | No tiene un mínimo | El socio se responsabiliza con todos sus bienes | IRPF |
La Comunidad de Bienes se constituye cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece proindiviso a varias personas y forma parte de una actividad empresarial realizada en común. Se podría decir que es la forma más sencilla de asociación entre autónomos.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | No tiene un mínimo | Ilimitada | IRPF |
Contrato por el que dos o más personas ponen en común capital, con propósito de repartir entre si las ganancias.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | No tiene un mínimo | Ilimitada | Impuesto de sociedades o IRPF |
❗ Sociedades civiles que no tengan objeto mercantil 👉 Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
Sociedad mercantil de carácter personalista, en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | No tiene un mínimo | Ilimitada | Impuesto de sociedades |
Sociedad mercantil de carácter personalista que se define por la existencia de socios colectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios que solamente aportan capital y cuya responsabilidad estará limitada a su aportación.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | No tiene un mínimo |
Socios colectivos: ilimitada Socios comanditarios: Limitada |
Impuesto de sociedades |
Sociedad en la que el capital social, que estará dividido en participaciones sociales, indivisibles y acumulables, estará integrado por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
Características:
Ventajas:
Inconvenientes:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 1 | Mínimo 3.000€ | Limitada al capital aportado | Impuesto sobre Sociedades |
Sociedad de carácter mercantil, sin capital mínimo, de régimen idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros (por ejemplo, límites a la retribución de socios y administradores o responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación).
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 1 | No tiene un mínimo | Limitada |
Impuesto sobre Sociedades |
Es una especialidad de la Sociedad Limitada.
Características:
Ventajas:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Máximo 5 |
Mínimo 3.000€ Máximo 120.000€ |
Limitada al capital aportado | Impuesto sobre Sociedades |
Sociedad de carácter mercantil en la cual el capital social, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios, los cuales no responden personalmente de las deudas sociales.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 1 | Mínimo 60.000 € | Limitada al capital aportado | Impuesto sobre Sociedades |
Sociedad de carácter mercantil cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios, uno de los cuales, al menos, se encargará de la administración de la sociedad y responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo, mientras que los socios comanditarios no tendrán esa responsabilidad.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | Mínimo 60.000 € |
Socios colectivos: ilimitada Socios comanditarios: Limitada |
Impuesto sobre Sociedades |
Sociedades de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral es por tiempo indefinido.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | Mínimo 3.000 € | Limitada al capital aportado | Impuesto sobre Sociedades |
Sociedades anónimas en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral es por tiempo indefinido.
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | Mínimo 60.000 € | Limitada al capital aportado | Impuesto sobre Sociedades |
Sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Todos ellos deberán ser diligenciados y legalizados por el Registro de Sociedades Cooperativas.
En las cooperativas de primer grado el importe total de las aportaciones de cada socio no podrá exceder de un tercio del capital social, excepto cuando se trate de sociedades cooperativas, entidades sin ánimo de lucro o sociedades participadas mayoritariamente por cooperativas.
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
1er grado: Mínimo 3 |
Limitada al capital aportado |
Mínimo fijado en los Estatutos | Impuesto sobre Sociedades (Régimen especial) |
Es una sociedad constituida por personas que tiene por objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo a tiempo parcial o completo, a través de la organización en común de la producción de bienes o servicios para terceros.
Todos los libros deberán ser diligenciados y legalizados por el Registro de Sociedades Cooperativas.
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
1er grado: Mínimo 3 |
Limitada al capital aportado |
Mínimo fijado en los Estatutos | Impuesto sobre Sociedades (Régimen especial) |
Es aquel tipo de sociedad que se constituye para el ejercicio en común de una actividad profesional.
Es "actividad profesional":
Hay "ejercicio en común" cuando:
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 1 |
Según la forma social que adopte | Limitada al capital aportado en la sociedad | El régimen fiscal dependerá de la forma social que se adopte |
Las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), son sociedades civiles de finalidad económico-social en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, la realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrarios y la prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalidad.
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 3 |
No existe mínimo legal | El socio se responsabiliza con todos sus bienes | Impuesto sobre Sociedades |
Las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) son entidades financieras cuyo objeto principal consiste en facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas y mejorar, en términos generales, sus condiciones de financiación, a través de la prestación de avales ante bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, Administraciones Públicas y clientes y proveedores.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 150 | Limitada | Mínimo 10.000.000 € | Impuesto sobre Sociedades |
El capital-riesgo se define como aquellas estrategias de inversión que canalizan financiación de forma directa o indirecta a empresas, maximizan el valor de la empresa generando gestión y asesoramiento profesional, y desinvierten en la misma con el objetivo de aportar elevadas plusvalías para los inversores.
El objetivo final se encamina a conseguir que la empresa aumente su valor y una vez madurada la inversión, el capitalista se retire obteniendo un beneficio.
Las entidades de capital-riesgo (ERC) y entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (EICC) se agrupan bajo la misma normativa y comparten los siguientes intereses:
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Consejo de Administración: mínimo 3 | Limitada |
Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 € |
Impuesto sobre Sociedades |
Sociedad mercantil que tiene por finalidad facilitar el desarrollo o mejorar los resultados de la actividad de sus socios. Su objetivo se limitará exclusivamente a una actividad económica auxiliar de la que desarrollen sus socios.
Características:
Número de Socios | Capital Necesario |
Responsabilidad | Fiscalidad |
Mínimo 2 | Ilimitada |
No existe mínimo legal |
Impuesto sobre Sociedades |
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Buenas tardes quiero crear una empresa con otro socio. Pensamos que mejor una SL pero no lo tenemos muy claro. Nos gustaría tener una consulta con un abogado experto en sociedades. Manden presupuesto. Gracias
Buenas tardes soy socio de una empresa junto con mi socia que es mi mujer, estamos al 50%, pero nos vamos a separar. Quiero saber cómo gestionar el tema de la SL. Manden presupuesto por favor. Gracias.
Necesito asesoramiento por un tema mercantil, es en relación con una empresa SL. Mi padre se jubila siendo el único accionista y queremos formalizar el cambio de titular de la SL. No sabemos como hacerlo y necesitamos un abogado que nos asesore y nos lleve el caso. Manden presupuesto por favor.
Necesito asesoramiento referente con una empresa SA. Queremos cambiar de sociedad y necesitamos un abogado o gestor que nos haga el trámite. Mande presupuestos por favor. Gracias
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