Cientos de personas recurren a Legify para encontrar el abogado que necesitan y realizar cualquier reclamación de deuda de manera fácil y rápida.
La manera más rápida para una reclamación civil de cantidad es la vía monitoria. Con este proceso exiges el pago de deudas líquidas, determinadas, vencidas y exigibles (más abajo te lo explicamos mejor).
Este proceso tiene unos requisitos más estrictos, pero resulta muchísimo más fácil y rápido de tramitar.
También existen otros procesos aparte del monitorio que también lo explicamos como:
Si acudes a un juicio ordinario tienes que tener en cuenta que son para reclamaciones superiores a 6.000 € o cantidades que no se puedan determinar previamente.
La persona demandada tendrá un plazo de 20 días para contestar la demanda y una vez contestada se celebra una audiencia previa al juicio para llegar a un acuerdo.
En el juicio y con todas las pruebas presentadas, si el que demanda tiene éxito en el proceso, el demandado será condenado con el pago de la deuda y se interpondrá la cuantía que tendrá que pagar.
Para que un juicio verbal tenga lugar, la cantidad tiene que ser inferior a 6.000 € y el plazo es más corto. Una vez realizada la vista, el juez dictará sentencia en un plazo de 10 días.
Si la reclamación es inferior a 2.000 € puedes acudir al juicio sin la necesidad de un abogado aunque, recomendamos que estar asesorado por un profesional aumenta las posibilidades de éxito.
El proceso monitorio es el más sencillo y rápido, porque con que presentes la solicitud acreditando la deuda, la oficina judicial requerirá al demandado para que te pague.
Para que el proceso monitorio tenga lugar, tienes que tener en cuenta que la deuda tiene que estar valorada y el deudor tiene que haber incumplido el pago.
De manera general, el plazo para que prescriban las deudas es de 5 años (regualdas en los artículos 1961 a 1975 del Código Civil). Aunque existen diferentes periodos de prescripción en función del tipo de deuda, os detallamos las siguientes:
Deudas hipotecarias: prescriben a los 20 años.
Deudas por impago de suministros como el agua, gas, electricidad, etc.: prescriben a los 3 años.
Deudas por no pagar el alquiler: prescriben a los 5 años.
Impago de pensión de alimentos: prescriben a los 5 años.
Deudas en la Seguridad Social: prescriben a los 4 años.
Deudas con la Agencia Tributaria: prescriben a los 4 años.
Deudas de tarjetas de crédito: prescriben a los 5 años.
Debes tener en cuenta que enviando una carta de reclamación de deuda se puede reiniciar el plazo para evitar que prescriban las deudas, es decir, si debes una cantidad a hacienda y han pasado 4 años, pero te envían una carta solicitando la deuda, el plazo vuelve a reiniciarse.
Una deuda que fuera de menos de 6.000 € te llevaría a un juicio verbal. Por otro lado, si la deuda fuera mayor a los 6.000 € tendrías que ir a un juicio ordinario, este proceso es más complicado y es más lento.
Los abogados para reclamación de deuda registrados en Legify podrán ayudarte a conseguir tu objetivo. Sabrás el coste, los plazos de cualquier procedimiento y la viabilidad de tu reclamación.
Necesitarás demostrar ante los tribunales que la deuda existe, el valor de la deuda y que es exigible para realizar todas las acciones para la reclamación de deuda.
Si la reclamación tiene éxito, el deudor tendrá que pagar la deuda, aunque esta sentencia está limitada a la existencia de la deuda y cuantificarla. Tendrás que volver a los tribunales si el deudor no paga la deuda para solicitar el embargo de los bienes del deudor.
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Buenas tardes.
Tengo deudas de microcréditos desde el 2015, me gustaría saber cuando prescriben estas deudas porque me están reclamando los importes de un año para acá y para eliminar datos en el asnef, ¿Cómo se puede hacer?, o se eliminan solos. Una de estas deudas ya están en el juzgado desde hace 2 años. Si fuera necesario me gustaría contar con un abogado especialista en deudas de cantidad, gracias.
Tengo una deuda de un micropréstamo de 500 € y me ha llegado un escrito de un juicio verbal. Actualmente, no tengo trabajo y estoy en paro, por lo que no puedo hacer frente a los pagos. Me gustaría saber cómo actuar de la manera adecuada para evitar problemas, gracias.
Hola, tengo una deuda con una administración de lotería de, 6600 €. El dueño murió hace un mes y la persona que se quedó el negocio me reclama ese dinero, me ha dicho que si no le devuelvo el dinero me demanda. Yo solo tengo una nómina de 970 € y no puedo hacer frente a ese pago.
¿Qué puede pasarme si vamos a juicio?
Soy una persona jubilada y hace mucho tiempo que vendí mi negocio por una cantidad de 380.000 € en Madrid, al lado de la calle Serrano. Han pasado más de 15 años y acabo de recibir una carta que debo hacienda 20.000 € en concepto que detalla la carta adjuntada a la consulta.
Fui a la gestoría que me hizo el trámite, pero el gestor ya no está y no sé como contactar con él. Necesito un abogado que pueda gestionar esto porque debe de ser un error, yo pagué todos los impuestos necesarios en su día. Gracias.
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